Una referencia clara y visual de los principales marcos regulatorios de calidad de agua potable y aguas residuales en América, pensada para apoyar proyectos con criterio técnico y cumplimiento normativo.
Marco Regulatorio Hídrico
Conozca las principales normativas que regulan la calidad del agua potable y las descargas de aguas residuales en toda la región. El cumplimiento de estos estándares es fundamental para garantizar la protección del medio ambiente y la salud pública.
ESTÁNDARES REGIONALES
Resolución 2115 de 2007 - Establece el Índice de Riesgo de la Calidad del Agua (IRCA). Esta normativa clasifica las fuentes de agua superficial y subterránea en diferentes categorías de riesgo, estableciendo los parámetros microbiológicos, físicos y químicos que deben cumplirse para garantizar que el agua sea apta para consumo humano.
Resolución 0631 de 2015 - Establece los valores de los parámetros y los requisitos para vertimientos puntuales a cuerpos de agua superficiales y a sistemas de alcantarillado sanitario.
Resolución 1256 de 2021 - Reglamenta el reúso de aguas residuales tratadas, estableciendo los estándares de calidad para diferentes usos.
NOM-127-SSA1-2021 - Límites permisibles de calidad para el agua de uso y consumo humano. Esta norma oficial establece los requisitos sanitarios que debe cumplir el agua destinada a consumo humano, incluyendo parámetros microbiológicos, fisicoquímicos y organolépticos.
NOM-001-SEMARNAT-2021 - Límites permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos receptores propiedad de la nación. Establece los límites máximos permisibles de contaminantes que pueden descargarse en aguas, subterráneas, superficiales o en sistemas de alcantarillado sanitario.
Safe Drinking Water Act (SDWA) - A través de esta ley, la Agencia de Protección Ambiental (EPA) establece las Normas Nacionales Primarias de Agua Potable (NPDWRs), que establecen los niveles máximos contaminantes permitidos para más de 90 contaminantes en el agua potable.
Clean Water Act (CWA) - Se controla principalmente mediante el Sistema Nacional de Eliminación de Descargas de Contaminantes (NPDES), también regulado por la EPA. Este sistema regula todas las descargas puntuales de contaminantes de fuentes puntuales a las aguas de los Estados Unidos.
Norma COGUANOR NTG 29001 - Agua para consumo humano. Especificaciones.
Acuerdo Gubernativo 113-2009 - Reglamento de Normas Sanitarias.
Acuerdo Gubernativo 236-2006 - Reglamento de las Descargas y Reúso de Aguas Residuales y de la Disposición de Lodos.
Acuerdo No. 084 de 1995 - Norma Técnica para la Calidad del Agua Potable.
Acuerdo No. 058 de 1996 - Normas Técnicas de las Descargas de Aguas Residuales a Cuerpos Receptores y Alcantarillado Sanitario.
NSO 13.07.01:08 - Norma Salvadoreña Obligatoria de Agua Potable.
NSO 13.05.02:22 - Calidad del Agua. Descargas de Aguas Residuales a Cuerpos Receptores.
Decreto N° 38924-S - Reglamento para la Calidad del Agua Potable.
Decreto N° 33601-MINAE-S - Reglamento de Vertido y Reúso de Aguas Residuales.
Reglamento Técnico DGNTI-COPANIT 21-2019 / 23-395-99.
Resolución 252 de 2020 del Ministerio de Salud (MINSA) y los Reglamentos COPANIT 35-2000 y ACP 2610 HIP 111 (específico del Canal).
Norma NORDOM 1 - Calidad del agua para consumo humano.
Norma NA-04/IDARD - Norma Ambiental sobre Control de Descargas a Aguas Superficiales, Alcantarillado Sanitario y Aguas Costeras.
Regulación DIR-ARCA-RG-014-2025 y la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1108.
Ley Orgánica de Recursos Hídricos (LORHUYA) y el TULSMA (Texto Unificado de Legislación Secundaria del Medio Ambiente) Libro VI, Anexo 1.
Decreto Supremo N° 031-2010-SA - Reglamento de la Calidad del Agua para Consumo Humano.
Decreto Supremo N° 004-2017-MINAM - Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y el DS 003-2010-MINAM - Límites Máximos Permisibles (LMP).
Norma Chilena NCh 409/1.Of2005.
Decreto Supremo 90 - Regula descargas a aguas marinas y superficiales continentales y el Decreto Supremo 46 - Regula infiltración a aguas subterráneas.
Código Alimentario Argentino (CAA) - Específicamente los Artículos 982 y siguientes, apoyados a nivel macro por la Ley Federal de Agua Potable y Saneamiento.
Dada su estructura federal, se regula fuertemente a nivel provincial (por ejemplo, la Ley 14782 en la Provincia de Buenos Aires) y a través de cuencas específicas (como ACUMAR).
REFERENCIA TÉCNICA
Mide la cantidad de oxígeno disuelto que los microorganismos aeróbicos consumen para degradar la materia orgánica presente en una muestra de agua durante un período específico (generalmente 5 días a 20°C, conocido como DBO5). Es el indicador clásico para evaluar el nivel de contaminación biodegradable en las aguas residuales. Se expresa en miligramos por litro (mg/L).
Representa la cantidad de oxígeno equivalente necesaria para oxidar químicamente casi toda la materia orgánica (e inorgánica oxidable) de una muestra de agua mediante un agente oxidante fuerte. A diferencia de la DBO, no depende de bacterias, por lo que su prueba es mucho más rápida (horas en lugar de días). El valor de la DQO siempre es mayor que el de la DBO; la relación entre ambas permite determinar qué tan biodegradable es un efluente.
Son grupos de bacterias utilizadas en microbiología como "organismos indicadores". Su presencia en el agua sugiere contaminación reciente con heces de humanos o animales de sangre caliente, advirtiendo sobre el riesgo inminente de otros patógenos causantes de enfermedades (como cólera o fiebre tifoidea). En los estándares de agua potable, la tolerancia suele ser de cero.
Es la medida que determina la acidez o alcalinidad del agua, basándose en la concentración de iones de hidrógeno. Se mide en una escala logarítmica de 0 a 14, donde 7 representa la neutralidad. Un pH fuera de los rangos normativos (usualmente entre 6.5 y 8.5 para agua potable) puede acelerar la corrosión de tuberías, disolver metales pesados o neutralizar la eficacia del cloro como desinfectante.
Es una medida de la falta de transparencia del agua, provocada por la presencia de partículas en suspensión, como arcilla, limo, materia orgánica fina, plancton y otros microorganismos. Se mide mediante la refracción de luz en Unidades Nefelométricas de Turbidez (NTU). Es un parámetro de control crítico, ya que las partículas en suspensión pueden servir de "escudo" para los virus y bacterias, protegiéndolos de los procesos de desinfección.
Es el peso de todo el material sólido orgánico e inorgánico que no está disuelto en el agua y que queda atrapado en un filtro de poro estandarizado. Es un parámetro restrictivo fundamental en las normativas de descargas de aguas residuales, ya que el exceso de sólidos puede asfixiar los ecosistemas acuáticos al bloquear la luz solar y sedimentar en el fondo de los cuerpos receptores.
Elementos químicos de alta densidad que son tóxicos o venenosos incluso en concentraciones muy bajas. A diferencia de la materia orgánica, los metales pesados no se degradan de forma natural y tienden a bioacumularse en los organismos y en la cadena alimenticia, causando daños neurológicos, renales y hepáticos severos en los seres humanos.
CONTROL DE CALIDAD
Antes de la entrega final, Synertech aplica un esquema de pruebas mecánicas, eléctricas y operativas para asegurar integridad estructural, estanqueidad, desempeño y cumplimiento en campo.
Se someten bajo lineamientos ASME Sección VIII y ASME B31.3 a una presión superior a la de diseño, normalmente entre 1.3 y 1.5 veces, para verificar que no existan deformaciones plásticas ni fallas mecánicas.
Los tanques de almacenamiento se verifican bajo API 650 llenándolos hasta su capacidad de diseño. Además, Synertech exige manómetros conforme a ASME B40.100, con lectura dentro del 25% al 75% de la escala para máxima precisión.
Complementan a la prueba hidrostática para detectar microfugas en tanques, juntas bridadas, conexiones roscadas y válvulas.
Se aplica especialmente en soldaduras del fondo de tanques para detectar escapes mínimos de aire o líquido.
En techo, boquillas y conexiones se puede usar aire a baja presión con solución jabonosa para identificar fugas puntuales.
Los líquidos penetrantes, ejecutados bajo ASME Sección V, permiten detectar discontinuidades superficiales como porosidad o microfisuras en soldaduras de acero al carbono o inoxidable.
Verifican E-Stops, enclavamientos, guardamotores, protecciones, continuidad, rotación de motores, calibración de sensores y validación de señales I/O del PLC.
Incluyen pruebas de flujo con agua limpia, verificación de caudal y presión de diseño, caída de presión en filtros y operación continua para evaluar vibración y temperatura de rodamientos.
Se realiza sin fluido de proceso para confirmar alineación de equipos, soplado y lavado de tuberías, loop checks y energización de tableros principales.
Se introduce el fluido de proceso para ajustar controles PID, inocular biomasa si aplica, validar calidad de efluente y capacitar al personal del cliente antes de la entrega formal.
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Nuestro equipo de ingenieros especialistas está listo para dimensionar y cotizar la tecnología exacta que resolverá tus requerimientos de tratamiento de aguas o lodos.
Más de 35 años fabricando e implementando plantas de tratamiento y equipos de depuración bajo los más estrictos estándares internacionales.
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